Retiro por invalidez: qué es y quién lo puede pedir
Actualizado el 13 de octubre de 2026
El retiro por invalidez es la prestación del régimen previsional público para el trabajador que se incapacita en forma total antes de llegar a la edad jubilatoria. La ley presume la incapacidad total cuando la capacidad de trabajo baja un 66 % o más, y exige estar al día con los aportes.
Lo define: los artículos 48 a 51 y 95 a 97 de la Ley 24.241, con los requisitos de aportes del Decreto 460/99
No alcanza con la incapacidad: el retiro por invalidez es una prestación contributiva y pide aportes recientes. Empieza siendo transitorio y es incompatible con el trabajo en relación de dependencia.
Quién tiene derecho
Según el artículo 48 de la Ley 24.241, el retiro por invalidez corresponde a los afiliados que:
- se incapaciten física o intelectualmente en forma total, por cualquier causa. La ley presume que la incapacidad es total cuando la capacidad de trabajo baja un 66 % o más, y excluye las invalideces sociales o de ganancias;
- no hayan llegado a la edad de la jubilación ordinaria ni estén cobrando una jubilación anticipada.
Una incapacidad temporaria no da derecho mientras dura el período en que se sigue cobrando el sueldo o su reemplazo; para un autónomo, mientras no pasa un año.
Los aportes
El retiro por invalidez es contributivo, y el artículo 95 de la ley exige que el afiliado esté aportando de manera regular, o de manera irregular pero conservando el derecho. El Decreto 460/99 fija los umbrales:
| Condición | Aportes exigidos |
|---|---|
| Aportante regular | Al menos 30 meses dentro de los 36 anteriores a la solicitud |
| Aportante irregular con derecho | Al menos 18 meses dentro de los 36 anteriores a la solicitud |
Esos plazos se reducen a 12 meses dentro de los 60 anteriores para quien tiene al menos la mitad de los años de servicios que pide la jubilación ordinaria, y quien tiene completos esos años se considera siempre regular. Los meses de prestación por desempleo cuentan como meses con aportes.
Cuánto paga el retiro transitorio
- Aportante regular: el 70 % del ingreso base.
- Aportante irregular con derecho: el 50 % del ingreso base.
El ingreso base no es el último sueldo: es el promedio mensual de las remuneraciones o rentas imponibles declaradas en los cinco años anteriores al mes en que se declara la invalidez. De ese promedio quedan afuera el aguinaldo y lo que exceda el tope de la base imponible, y las remuneraciones se actualizan por el índice que fija la ley antes de promediarlas: no se suman los números nominales de hace cinco años.
Estos porcentajes son los del retiro transitorio. El haber del retiro definitivo se calcula con otras reglas de la misma ley.
Cómo se evalúa y por qué empieza siendo transitorio
- Se hace la solicitud y una comisión médica examina al afiliado; los estudios complementarios son gratuitos.
- Si reconoce la incapacidad, emite un dictamen transitorio y el trabajador cobra el retiro transitorio desde la fecha en que se declara la incapacidad.
- A los tres años del dictamen transitorio, la comisión emite el dictamen definitivo. Ese plazo puede prorrogarse excepcionalmente por dos años más.
Mientras se cobra, el retiro es incompatible con cualquier actividad en relación de dependencia. La ley pone la carga de avisar en el empleador, y quien calla paga una multa de diez veces lo que haya cobrado el beneficiario.
Cómo se pide
ANSES indica que el trámite es presencial y con turno previo, que se gestiona desde Atención Virtual eligiendo la opción Retiro por Invalidez, y que pueden pedirlo trabajadores en relación de dependencia, autónomos y monotributistas sociales. Pide, entre otros documentos, el formulario PS 6.284 y los estudios y certificados médicos originales.
Qué no es
- No es la pensión no contributiva por invalidez laboral. Esa pensión no pide aportes: es para quien no tiene un vínculo laboral formal ni está inscripto en el régimen general o en el monotributo, no tiene otra prestación, y la evalúa la Agencia Nacional de Discapacidad.
- No es la indemnización de la ART. Las prestaciones de la Ley de Riesgos del Trabajo cubren accidentes y enfermedades del trabajo. Cuando una incapacidad laboral total pasa a ser definitiva, la propia ley remite al retiro definitivo por invalidez del régimen previsional.
