Cómo pedir un reajuste de jubilación en ANSES
Por Martín Rodríguez · Actualizado el 16 de septiembre de 2026
Si hay un error en la liquidación o en la fecha inicial de pago → reclamo de reajuste en ANSES, con turno
Si querés recalcular el haber inicial, la movilidad o los topes invocando un fallo judicial → pedido de reajuste por fallo judicial
Qué llevar → Clave de la Seguridad Social y la documentación de tu reclamo
Si ganaste un juicio → ANSES publica cada mes el listado de sentencias y dice que las cumple dentro de 120 días hábiles desde que recibe el expediente
Si tenés una enfermedad grave o terminal → prioridad en el pago de sentencias
ANSES recibe con turno el reclamo de reajuste por error de liquidación o de fecha de pago de una jubilación o pensión ya otorgada. Para el recálculo invocando un fallo judicial hay un pedido aparte, y las sentencias de reajuste se cumplen con los plazos que publica ANSES.
Las vías
| Vía | Para qué | Qué publica ANSES |
|---|---|---|
| Reclamo de reajuste en ANSES | Error de liquidación o de fecha inicial de pago | Con turno, presencial y gratuito |
| Pedido de reajuste por fallo judicial | Recálculo del haber inicial, movilidad o topes invocando un fallo | Página propia en ANSES |
| Juicio | Lo que se discute ante un juez | Cumplimiento de sentencias en 120 días hábiles desde que recibe el expediente |
Cuándo entra el reclamo administrativo
Error en la fecha inicial de pago, por ejemplo en la fecha de cese, en la fecha en que adquiriste el derecho, en la del hecho que lo genera, en la prescripción o en la fecha de solicitud.
Error en la liquidación, por ejemplo en la aplicación de aumentos o de un período de servicios, en la categoría de autónomo, en un período en relación de dependencia, en las remuneraciones certificadas, en servicios mixtos o en el descuento de cuotas de moratoria.
Si lo que buscás es entender el aumento mensual, está en cómo funciona la movilidad.
Problemas y soluciones
Creo que me computaron mal los aportes
Es uno de los casos del reclamo por error en la liquidación: períodos en relación de dependencia, remuneraciones certificadas o servicios mixtos. Revisá antes tu historia laboral y llevá la documentación que pruebe el período.
Tengo sentencia y todavía no cobré
ANSES publica cada mes el listado de sentencias con su resultado, que se consulta con nombre, número de beneficio y mes, y dice que las sentencias se cumplen dentro de 120 días hábiles desde que recibe el expediente, con el orden de prioridad de la ley de presupuesto.
No pude cobrar el retroactivo de la sentencia
ANSES dice que esas sumas vuelven del banco y se reprograman hasta tres veces, sin trámite, y que la nueva fecha se avisa por correo o celular. Se cobran por ventanilla, sin turno en el banco.
Tengo una enfermedad grave
Las personas con enfermedades graves o terminales, o con un familiar del grupo primario en esa situación, tienen prioridad en el pago de sentencias.
Paso a paso
- 1
Fijate si tu caso entra
ANSES revisa el haber de una prestación ya otorgada por error en la fecha inicial de pago (cese, adquisición del derecho, solicitud, prescripción) o error en la liquidación (aumentos, servicios, remuneraciones certificadas, categoría de autónomo, cuotas de moratoria).
- 2
Reuní la documentación
ANSES pide la Clave de la Seguridad Social y la documentación relacionada con tu reclamo, por ejemplo certificaciones de servicios o recibos que muestren las remuneraciones.
- 3
Sacá turno y presentala
El reclamo es presencial y con turno en ANSES. El día del turno presentás la documentación en la oficina.
- 4
Si invocás un fallo judicial, usá el otro pedido
Para el recálculo del haber inicial, la movilidad o los topes invocando un fallo, ANSES tiene el «Pedido de reajuste por fallo judicial».
Preguntas frecuentes
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Qué corregimos en esta nota
| Decíamos | Dice ANSES |
|---|---|
| El reclamo administrativo tarda 3 a 6 meses y un juicio 1 a 3 años | ANSES no publica esos plazos; para cumplir sentencias da 120 días hábiles desde que recibe el expediente |
| Miles de jubilados hacen juicio y la mayoría gana | No tenemos fuente para eso |
| Muchos abogados trabajan a resultado y la primera consulta es gratis | No tenemos fuente para eso |
| El turno se saca como «Reclamo de haberes» o «Reajuste» | El sistema lista trámites; el reclamo tiene su página propia en ANSES |
| El haber bruto se revisa en Mi ANSES > «Mis cobros» | ANSES publica la consulta del recibo de haberes; no encontramos esa sección |
Escrito por
Martín Rodríguez
ANSES, cobros y prestaciones sociales
Escribe sobre ANSES, jubilaciones, asignaciones y pagos del gobierno. Lleva años ayudando a familiares y conocidos a resolver problemas con cobros, turnos y trámites de ANSES.
