Cómo tramitar la pensión por viudez en ANSES
Por Martín Rodríguez · Actualizado el 6 de mayo de 2026
Respuesta rapida
- Si fallecio tu conyuge jubilado → podés cobrar el 70% de su haber como pensión
- Si convivian sin casarse → necesitás acreditar convivencia de al menos 5 años
- Si ya cobras jubilación propia → la pensión por viudez es compatible, cobras las dos
- Si hay hijos menores → también tienen derecho a pensión derivada
Si fallecio tu conyuge o conviviente y cobraba jubilación o pensión de ANSES, podés tramitar la pensión derivada (pensión por viudez). El trámite se inicia con turno presencial.
Quien tiene derecho a la pensión
| Vinculo | Requisito |
|---|---|
| Conyuge | Acta de matrimonio |
| Conviviente | 5 años de convivencia (2 si hay hijos en común) |
| Hijos menores de 18 | Partida de nacimiento |
| Hijos con discapacidad | Sin limite de edad, con certificado de discapacidad |
Documentación completa
- Certificado de defunción (original y copia)
- Acta de matrimonio o prueba de convivencia
- DNI del solicitante (original y copia)
- CUIL del fallecido
- Partida de nacimiento de hijos menores (si aplica)
- Último recibo de cobro del fallecido (si lo tenés)
Después de presentar
El trámite pasa por estas etapas:
- Caratulación — ANSES abre el expediente (1-2 semanas)
- Verificación — revisan documentación y aportes (30-45 días)
- Resolución — aprueban o rechazan la pensión (15-30 días)
- Primer cobro — asignan fecha de cobro
→ Si el fallecido era jubilado, el primer paso es informar el fallecimiento para que no sigan depositando en su cuenta. Después inicias el trámite de pensión derivada.
Paso a paso
- 1
Reuni la documentación
Necesitas: certificado de defunción, acta de matrimonio o prueba de convivencia, tu DNI y el del fallecido, y último recibo de cobro del fallecido si lo tenés.
- 2
Saca turno en ANSES
Entra a anses.gob.ar/turnos y elegí 'Pensión por fallecimiento'. Elegí la oficina más cercana.
- 3
Presentá la documentación en la oficina
El día del turno, lleva toda la documentación en original y copia. El agente inicia el expediente de pensión derivada.
- 4
Seguí el expediente por Mi ANSES
Con el número de expediente, [consulta el estado](/anses/anses-como-consultar-expediente-jubilacion/) en Mi ANSES > 'Jubilaciones y pensiones' > 'Consulta de expediente'. El trámite tarda 60-90 días.
Problemas y soluciones
No estabamos casados, conviviamos
Necesitas acreditar convivencia de al menos 5 años (2 años si hay hijos en común). Lleva: información sumaria con 2 testigos, factura de servicios a nombre de ambos, o certificado de convivencia del registro civil.
Mi conyuge fallecio hace más de un año y recién ahora tramito
Podes tramitar en cualquier momento, no hay plazo limite. Pero solo cobras retroactivo desde la fecha de inicio del trámite, no desde el fallecimiento.
El fallecido no estaba jubilado pero tenia aportes
Si el fallecido tenia 30 años de aportes o estaba en condiciones de jubilarse, podés pedir la pensión igual. Llevá la [historia laboral](/anses/anses-como-pedir-historia-laboral/) a la oficina.
Somos varios herederos, quien cobra la pensión?
El conyuge cobra el 70%. Si hay hijos menores o con discapacidad, también tienen derecho a una parte. El total no puede superar el 100% del haber original.
Preguntas frecuentes
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