Pago retenido en ANSES: qué significa y qué hacer
Por Martín Rodríguez · Actualizado el 10 de septiembre de 2026
Si cobrás asignaciones o AUH → en mi ANSES > Hijos > Mis Asignaciones, las suspendidas o embargadas se ven en amarillo; el motivo, en Ver Más
Si sos jubilado o pensionado → la ley dice que tu haber es inembargable, salvo por cuotas alimentarias y litisexpensas
Si te descuentan por un cargo de la seguridad social o por haber cobrado de más → la ley limita esas deducciones al 20% del haber mensual
Si no ves el motivo → consultá al 130, de lunes a viernes de 8 a 20 h
Si ANSES no lo resuelve → podés presentar una queja escrita ante la Defensoría del Pueblo de la Nación
ANSES no publica un estado "Retenido" con causas y soluciones. Sí publica que en Mis Asignaciones las asignaciones suspendidas o embargadas se ven en amarillo, con el motivo en Ver Más. Y la ley dice que las jubilaciones y pensiones son inembargables salvo por cuotas alimentarias y litisexpensas, y que las asignaciones familiares son inembargables.
Qué publica ANSES
ANSES no publica un estado "Retenido" con causas y soluciones. Lo que publica, para asignaciones y AUH, es que en mi ANSES > Hijos > Mis Asignaciones cada asignación se ve en un color —verde con pagos vigentes, amarillo suspendida o embargada, rojo denegada— y que en Ver Más está el motivo.
Qué dice la ley sobre embargos
La Ley 24.241, en su artículo 14, fija los caracteres de las jubilaciones y pensiones: "Son inembargables, con la salvedad de las cuotas por alimentos y litisexpensas". El mismo artículo permite deducciones por cargos a favor de organismos de la seguridad social o por percepción indebida de haberes, que no pueden superar el 20% del haber mensual, salvo que por la duración de la prestación no alcance para cancelarlas.
La Ley 24.714, en su artículo 23, dice que las asignaciones familiares son inembargables y no pueden ser afectadas a terceros.
Para jubilaciones y pensiones, la ley excluye el embargo por deudas de tarjeta, préstamo o impuestos.
A dónde consultar y reclamar
La línea 130, los formularios de reclamo y la queja ante la Defensoría del Pueblo están explicados en la guía de ANSES no me pagó.
Problemas y soluciones
Me aparece retenido y no tengo juicios ni deudas
ANSES no publica las causas de una retención. Consultá el motivo en Mis Asignaciones o al 130 y, si no corresponde, hacé el reclamo.
Me dicen que me embargaron la jubilación por una deuda de tarjeta o un préstamo
La Ley 24.241, en su artículo 14, dice que las prestaciones previsionales son inembargables, con la salvedad de las cuotas por alimentos y litisexpensas. Otra cosa son las afectaciones que la ley permite con tu conformidad formal y expresa, a favor de organismos públicos, sindicatos, obras sociales, cooperativas y mutualidades con los que acuerdes un anticipo.
Cobro asignaciones y aparecen como embargadas
La Ley 24.714, en su artículo 23, dice que las asignaciones familiares son inembargables y no pueden afectarse a terceros. Mirá el motivo en Ver Más y, si creés que no corresponde, reclamá por mi ANSES, Atención Virtual o en una oficina con turno.
Lleva meses así y nadie me lo resuelve
Hacé el reclamo por escrito y guardá el comprobante. Si ANSES no lo resuelve, la Defensoría del Pueblo de la Nación recibe quejas escritas y firmadas dentro del año del hecho, gratis y sin abogado.
Paso a paso
- 1
Buscá el motivo en mi ANSES
Si cobrás asignaciones o AUH, entrá a mi ANSES > Hijos > Mis Asignaciones: en verde están las que tienen pagos vigentes, en amarillo las suspendidas o embargadas y en rojo las denegadas. En Ver Más figura el motivo y, si corresponde, cómo solucionarlo. Para jubilaciones y pensiones, las páginas de ANSES que revisamos no publican cómo se muestra una retención.
- 2
Consultá al 130
La línea 130 atiende de lunes a viernes de 8 a 20 h, con asesoramiento sobre todas las prestaciones y programas de ANSES, y lista entre sus gestiones las denuncias y reclamos.
- 3
Si es por una cuota alimentaria u otra orden judicial, consultá tu expediente
La ley permite que una jubilación o pensión se afecte por cuotas alimentarias y litisexpensas. ANSES no publica un trámite propio para modificar esas retenciones: si tenés abogado, consultalo.
- 4
Si creés que es un error, reclamá
Las asignaciones se reclaman por mi ANSES, por Atención Virtual o en una oficina con turno, con el formulario PS 2.72. Los haberes de jubilaciones y pensiones se reclaman por Atención Virtual o con turno, por lo no percibido en los 2 años anteriores. Si ANSES no lo resuelve, podés ir a la Defensoría del Pueblo de la Nación.
Preguntas frecuentes
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Qué corregimos en esta nota
| Decíamos | Dice la fuente |
|---|---|
| Se embarga por deudas de tarjeta, préstamos o impuestos | Ley 24.241: inembargables, salvo alimentos y litisexpensas |
| "Retenido" es un estado distinto de "Suspendida" | ANSES no publica ese estado; en Mis Asignaciones, amarillo: suspendidas o embargadas |
| Las causas son retención judicial, verificación de datos o error del sistema | No lo publica |
| El 130 está obligado a informarte juzgado y expediente; pedí un supervisor | No lo publica |
| Retención parcial del 20% por cuota alimentaria | El 20% de la ley es para cargos de la seguridad social, no para alimentos |
| La verificación de datos se resuelve en días | No lo publica |
Escrito por
Martín Rodríguez
ANSES, cobros y prestaciones sociales
Escribe sobre ANSES, jubilaciones, asignaciones y pagos del gobierno. Lleva años ayudando a familiares y conocidos a resolver problemas con cobros, turnos y trámites de ANSES.
