Cómo hacer la fe de vida en ANSES para jubilados
Por Martín Rodríguez · Actualizado el 10 de septiembre de 2026
Si vivís en el país → ANSES no publica en su sitio un trámite periódico de fe de vida: el control de supervivencia sigue el procedimiento que fija ANSES
Si el banco o ANSES te piden acreditar supervivencia → preguntá ahí cómo y hasta cuándo: esos plazos no están publicados
Si vivís en el exterior → la ratificación del medio de cobro se hace cada 6 meses, en el consulado, en una oficina de ANSES o por correo
Si no podés moverte → ANSES admite un representante especial por tiempo determinado para quien está imposibilitado de movilizarse
Si te piden ratificar el medio de cobro y vivís en la Argentina → ANSES indica ir sin turno a una oficina
La norma del Banco Central deja el control de supervivencia de jubilados y pensionados en manos de ANSES, con el procedimiento y los plazos que ANSES fije. ANSES no publica en su sitio una fe de vida periódica para quienes viven en el país; sí publica la ratificación del medio de cobro, cada 6 meses, para quienes viven en el exterior.
Qué dice la norma, y qué no
La regla vigente está en el texto ordenado del Banco Central sobre depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales, punto 2.10: "El control de supervivencia de los beneficiarios se efectuará de acuerdo con el procedimiento y plazos que el ente administrador de los pagos que corresponda establezca a ese efecto."
Es decir, el Banco Central no fija una fe de vida anual: remite a lo que establezca el organismo que paga, ANSES. Y ANSES no publica en su sitio un trámite periódico de fe de vida para quienes viven en el país.
Si vivís en el exterior: ratificación del medio de cobro
Este trámite sí está publicado, y ANSES lo pide cada 6 meses a quien:
- tiene a un banco como apoderado para cobrar en el exterior
- tiene domicilio acreditado fuera del país y todavía no designó un banco en el exterior
- vive en el exterior sin haber actualizado su domicilio y cobra en la Argentina
- ANSES presuma que puede estar viviendo en el exterior
Se hace en el consulado argentino, que lo carga en ANSES o, si no puede, te da el certificado para enviar a tu apoderado o al banco; en una oficina de ANSES, en persona o por apoderado; o por correo a una oficina de ANSES con copia legalizada del DNI, si no tenés apoderado. El comprobante vale 180 días corridos para presentarlo.
Si te lo piden y vivís en la Argentina, ANSES indica ir sin turno a una oficina para resolverlo.
Si no podés moverte: apoderado
ANSES admite como apoderado para cobro, entre otros, a un familiar y a un representante especial por tiempo determinado cuando la persona está imposibilitada de movilizarse. Quien sea apoderado tiene que ser mayor de 18 años. Para un familiar, la documentación es su DNI y la que acredite el parentesco.
La certificación ante escribano aparece en la página de ANSES para abogados o procuradores.
Paso a paso
- 1
Fijate si te corresponde un trámite
Si vivís y cobrás en la Argentina, ANSES no publica en su sitio un trámite periódico de fe de vida. La norma del Banco Central dice que el control de supervivencia se hace según el procedimiento y los plazos que fije el organismo que paga, que en este caso es ANSES.
- 2
Si te lo piden, preguntá cómo y hasta cuándo
Si el banco donde cobrás o ANSES te piden acreditar supervivencia, consultá ahí cómo hacerlo y en qué plazo. No encontramos esos datos publicados, así que no los damos acá.
- 3
Si vivís en el exterior, ratificá el medio de cobro cada 6 meses
ANSES lo llama ratificación del medio de cobro y recomienda hacerlo en enero-febrero y en julio-agosto. Se hace en el consulado argentino, en una oficina de ANSES en persona o por apoderado, o por correo a una oficina de ANSES con copia legalizada del DNI si no tenés apoderado. El comprobante vale 180 días corridos para presentarlo.
- 4
Si no podés moverte, designá un apoderado
ANSES admite como apoderado a un familiar, con su DNI y la documentación que acredite el parentesco, y a un representante especial por tiempo determinado cuando la persona está imposibilitada de movilizarse. Tiene que ser mayor de 18 años. Para designar un apoderado sólo para trámites no hace falta turno; para cobro, sí.
Problemas y soluciones
Me suspendieron el cobro y creo que es por la fe de vida
Consultá el motivo en ANSES. En su sitio no publica una suspensión por fe de vida para quienes viven en el país, ni cuánto tarda en reactivarse el cobro.
El banco me pide la fe de vida y en el cajero no aparece la opción
Preguntá en el banco cómo acreditarla. No encontramos publicado qué bancos lo ofrecen por cajero, ni que todos estén obligados a recibirla por ventanilla.
No puedo ir al banco ni a ANSES
Designá un apoderado. Para un familiar, ANSES pide su DNI y la documentación que acredite el parentesco; si estás imposibilitado de movilizarse, existe el representante especial por tiempo determinado. La certificación ante escribano ANSES la menciona para abogados o procuradores.
Vivo en el exterior y me dejaron de pagar
Revisá si venció tu ratificación del medio de cobro, que ANSES pide cada 6 meses a quien reside en el exterior. Se hace en el consulado, en una oficina de ANSES o por correo, y el banco donde cobrás puede ofrecer algún medio alternativo.
Me piden ratificar el medio de cobro pero vivo en la Argentina
ANSES lo prevé: si considerás que no te corresponde porque vivís y cobrás en la Argentina, acercate sin turno a una oficina de ANSES para resolverlo.
Preguntas frecuentes
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Qué corregimos en esta nota
| Decíamos | Encontramos |
|---|---|
| La fe de vida se hace una vez al año, en el mes de tu cumpleaños | ANSES no publica una periodicidad para quienes viven en el país; la norma del Banco Central le deja fijar el procedimiento y los plazos |
| Se hace en dos minutos por cajero o ventanilla, y todos los bancos están obligados a recibirla | No lo encontramos publicado |
| Si no la hacés te suspenden el cobro, se reactiva en 1 a 5 días hábiles y los meses se pagan como retroactivo | ANSES no lo publica para quienes viven en el país |
| El apoderado necesita un poder notarial específico: no sirve un poder general | ANSES menciona la certificación ante escribano para abogados o procuradores; para un familiar pide su DNI y la documentación del parentesco |
Escrito por
Martín Rodríguez
ANSES, cobros y prestaciones sociales
Escribe sobre ANSES, jubilaciones, asignaciones y pagos del gobierno. Lleva años ayudando a familiares y conocidos a resolver problemas con cobros, turnos y trámites de ANSES.
