Cómo salir del Veraz: lo que funciona y lo que no
Por Carolina Méndez · Actualizado el 24 de agosto de 2026
Respuesta rapida
- Si el dato es correcto y la deuda está impaga: se borra a los 5 años, no antes
- Si la pagás: el plazo baja a 2 años, y tiene que constar que la cancelaste
- Si el dato es falso, ajeno o está vencido: pedís rectificación o supresión
- El reclamo ante la AAIP es gratuito y no necesitás abogado para presentarlo
- Ningún servicio pago puede acortar el plazo legal — eso no existe
Hay tres caminos reales para dejar de figurar y ninguno cuesta plata: que venza el plazo, que pagues y baje de cinco años a dos, o que reclames porque el dato está mal. Todo lo demás —los servicios que prometen borrarte por una transferencia— vende algo que la ley ya te da gratis.
Tres caminos, y solo tres
Todo lo que se puede hacer entra en una de estas tres columnas.
| Situación | Qué hacés | Cuánto tarda |
|---|---|---|
| La deuda existe y está impaga | Esperás, o pagás | 5 años, o 2 desde el pago |
| La pagaste y figura mal | Reclamás la actualización | Un ciclo de reporte, más el reclamo |
| El dato es falso, ajeno o vencido | Pedís rectificación o supresión | Depende de la respuesta; el reclamo es gratis |
→ No hay una cuarta columna. Los servicios que prometen "limpiar tu Veraz" por un pago venden alguna de estas tres cosas, que podés hacer vos sin costo, o directamente no hacen nada.
Por qué el plazo no se compra
El artículo 26 de la Ley 25.326 permite archivar datos de solvencia durante los últimos cinco años, y reduce ese plazo a dos "cuando el deudor cancele o de otro modo extinga la obligación". Es una regla legal, no una política interna de la empresa que publica el informe: nadie puede acortarla cobrándote.
Lo que sí depende de vos es que la información esté completa. Si pagaste, en el informe tiene que constar que pagaste — la ley lo dice expresamente. Cuando eso no figura, el plazo que corre es el de cinco años y no el de dos, y ahí sí perdés tiempo real.
Qué hacer ahora: pedí el informe antes de mover cualquier otra ficha. Los tres caminos empiezan por saber quién informó la deuda, de cuándo es y si figura como saldada.
Paso a paso
- 1
Pedí el informe y mirá qué dice exactamente
Necesitás tres datos de cada línea: quién informó, de cuándo es la deuda y si figura como pagada. Sin eso no sabés cuál de los tres caminos te toca. La consulta del Banco Central es gratuita y el informe privado tiene acceso gratuito cada seis meses por la Ley 25.326.
- 2
Decidí cuál es tu caso
Si la deuda existe y no la pagaste, tu camino es pagar o esperar. Si la pagaste y sigue figurando como impaga, es un reclamo. Si la deuda no es tuya, está duplicada o ya venció el plazo, también es un reclamo — y ese es el más rápido de los tres.
- 3
Si vas a pagar: acordá y pedí la constancia
Negociá con el acreedor, no con intermediarios. Al cancelar, pedí constancia escrita de que la deuda quedó saldada: es lo que vas a necesitar si después el informe no se actualiza. El plazo baja de cinco años a dos, contados desde la cancelación.
- 4
Si vas a reclamar: escribí primero al que informó el dato
El reclamo va a la entidad que reportó la deuda y también a la empresa que publica el informe, por un medio que deje constancia. Adjuntá lo que tengas: comprobante de pago, o el detalle que muestra que el plazo venció. Guardá copia de todo.
- 5
Si no responden, presentá el reclamo ante la AAIP
La Agencia de Acceso a la Información Pública es la autoridad de aplicación de la Ley 25.326. El trámite es gratuito y no requiere abogado. Llevá el reclamo previo y la respuesta que te dieron, o la constancia de que no te respondieron.
Problemas y soluciones
Pagué todo y sigo apareciendo como deudor
El acreedor tiene que informar la cancelación: el registro solo publica lo que le reportan. Reclamale por escrito con la constancia de pago y pedí que informe la novedad. Si no lo hace, ese silencio es exactamente lo que resuelve un reclamo ante la AAIP.
Figura una deuda que no es mía
Puede ser homonimia, un CUIT mal cargado o uso de tu identidad. Pedí por escrito a la entidad el detalle del origen de la deuda y el contrato que la respalda. Si no puede acreditar que es tuya, corresponde la supresión. Cuando hay sospecha de fraude, conviene además hacer la denuncia.
Me ofrecen borrarme del Veraz por una transferencia
No existe esa vía. Los plazos los fija la Ley 25.326 y no se negocian; lo único que los acorta es cancelar la deuda, y eso se hace con el acreedor. Pedir la rectificación o la supresión de un dato es gratuito. Si además te piden datos personales o una foto del DNI, estás entregando material para un fraude.
Necesito el crédito ahora y el plazo vence en un año
No hay atajo legal para adelantarlo, pero pagar cambia el cuadro: la deuda pasa a figurar como cancelada y el plazo se acorta a dos años desde el pago. Muchas entidades miran la situación actual y no solo el historial, así que regularizar suele pesar más que esperar.
Preguntas frecuentes
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El plazo no se negocia ni se compra: lo fija el artículo 26 de la Ley 25.326. Cinco años si la deuda sigue impaga, dos si la cancelaste. Lo que casi nadie aclara es que ese plazo borra el dato del informe, pero no borra la deuda — son dos relojes distintos y corren por separado.
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Cómo consultar el Veraz y antecedentes comerciales
Si necesitás saber si estás en el Veraz (base de deudores del sistema financiero) — porque un banco te rechazo un crédito, porque querés alquilar o porque vas a pedir un [prestamo de ANSES](/anses/como-sacar-prestamo-anses/) — podés consultarlo gratis una vez por año o pagar un informe completo.
