Cómo sacar el certificado de convivencia
Por Carolina Méndez · Actualizado el 10 de septiembre de 2026
Si es para ANSES: podés ir a una oficina con dos testigos y completar el formulario PS.1.45, con al menos un documento de la lista de ANSES
Si es para la pensión por fallecimiento: ANSES pide 5 años de convivencia, o 2 si hay hijos en común, y tiene su propia lista de pruebas
Si quieren inscribir la unión convivencial: la piden los dos en el Registro de las Personas, con al menos 2 años de convivencia
Si viven en provincia de Buenos Aires: el Registro pide dos testigos mayores de 18 años y entrega el acta en el momento
Para probar que vivís con tu pareja hay varias vías: inscribir la unión convivencial en el Registro de las Personas, una información sumaria judicial o, si es para ANSES, presentarte en una oficina con dos testigos y un documento que muestre la convivencia.
Tres vías distintas
| Unión convivencial inscripta | Información sumaria en ANSES | Información sumaria judicial | |
|---|---|---|---|
| Dónde | Registro de las Personas de la jurisdicción | Oficina de ANSES, formulario PS.1.45 | Un juzgado (no verificamos cuál en cada jurisdicción) |
| Testigos | En provincia de Buenos Aires, dos mayores de 18 años | Dos, más un documento de la lista de ANSES | Dos |
| Para qué sirve | Es prueba suficiente de la unión | Acreditar la convivencia ante ANSES | ANSES la acepta para la convivencia y para la pensión |
→ Si te pidieron "certificado de convivencia", preguntá qué vía acepta el organismo antes de empezar.
Para la pensión por fallecimiento
ANSES pide dos cosas: que la convivencia haya seguido hasta el fallecimiento y que haya durado al menos 5 años, o 2 si había hijos en común. Se acredita de dos maneras:
- Una sola prueba de esta lista: un instrumento público con la declaración de la convivencia hecha por quien falleció o por los dos (sentencia, escritura pública, información sumaria con su participación), una información sumaria judicial tramitada por quien pide la pensión con dos testigos y participación de ANSES, o la unión civil, entre otras.
- Al menos tres pruebas de otra lista, que incluye una información sumaria con dos testigos, el comprobante de obra social del titular con la persona conviviente y el DNI de ambos con el mismo domicilio.
Paso a paso
- 1
Averiguá qué prueba te piden
No es lo mismo inscribir la unión convivencial que probar la convivencia ante un organismo. Según el Código Civil y Comercial, la unión convivencial puede acreditarse por cualquier medio de prueba, y la inscripción en el registro es prueba suficiente. Preguntá al organismo qué acepta.
- 2
Si es para ANSES, elegí una de sus vías
ANSES acepta una sentencia o una información sumaria judicial, una constancia del registro civil o del juez de paz (declaración jurada, acta de convivencia, unión civil o unión convivencial), o que vayas a una oficina con dos testigos para completar el formulario PS.1.45 Información Sumaria de Convivencia.
- 3
Juntá un documento de la convivencia
Si vas con testigos a ANSES, tenés que presentar al menos uno de estos: póliza de seguro del titular donde figure la persona conviviente, contrato de vivienda familiar estampillado o timbrado, comprobante de obra social del titular con la persona conviviente, o partidas de nacimiento de hijos en común reconocidos por los dos. La página también indica que en el DNI de ambos tiene que figurar el mismo domicilio.
- 4
Para inscribir la unión convivencial, andá al Registro de las Personas
La inscripción la piden los dos integrantes en el registro de su jurisdicción. El Código exige, entre otros requisitos, que sean mayores de edad y que hayan convivido al menos dos años. En provincia de Buenos Aires se hace en la delegación del domicilio de cualquiera de los dos, con DNI, un domicilio denunciado en común y dos testigos mayores de 18 años con DNI.
- 5
Retirá el acta
En provincia de Buenos Aires el acta de unión convivencial se entrega en el momento. El trámite tiene costo y se paga desde el Portal de Trámites de la provincia o con boleta en el Banco Provincia. En otras jurisdicciones, consultá en su Registro de las Personas.
Problemas y soluciones
ANSES me pide probar la convivencia y no tengo nada a nombre de los dos
Podés ir a una oficina de ANSES con dos testigos para completar el formulario PS.1.45, pero igual tenés que presentar al menos un documento de su lista, como partidas de hijos en común o el comprobante de obra social.
Mi pareja falleció y necesito la pensión
ANSES pide comprobar la convivencia hasta el fallecimiento y que haya durado al menos 5 años, o 2 si tenían hijos en común. Acepta un instrumento público con la declaración de la convivencia, una información sumaria judicial con dos testigos y participación de ANSES, o al menos tres pruebas de otra lista, como una información sumaria con dos testigos, el comprobante de obra social o el DNI de ambos con el mismo domicilio. Más detalle en la guía de pensión por fallecimiento.
Me dijeron que un familiar no puede ser testigo
En las páginas de ANSES y del Registro de las Personas bonaerense que revisamos no figura esa restricción: el Registro pide dos testigos mayores de 18 años con DNI.
No sé dónde hacer la información sumaria judicial
No verificamos qué juzgado la tramita en cada jurisdicción. Si es para ANSES, también podés hacer la información sumaria en su oficina con el formulario PS.1.45.
Preguntas frecuentes
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Qué corregimos en esta nota
| Decíamos | Encontramos |
|---|---|
| Se tramita en el registro civil o en el juzgado de paz | Para ANSES también se hace en su oficina, con dos testigos y el formulario PS.1.45 |
| La información sumaria tarda 1 a 3 semanas | No está publicado; en provincia de Buenos Aires el acta de unión convivencial se entrega en el momento |
| Los testigos no pueden ser familiares directos | No lo encontramos publicado |
| En CABA se hace en el Juzgado de Paz Letrado | No lo pudimos confirmar |
| Sin testigos, sirven facturas, resúmenes bancarios o una declaración ante escribano | ANSES tiene su propia lista de documentos |
| En juzgados de paz suele ser gratis o con una tasa mínima | No lo encontramos publicado |
Escrito por
Carolina Méndez
Documentos, trámites digitales y Mi Argentina
Se especializa en trámites digitales, documentos y la app Mi Argentina. Explica paso a paso cómo usar las plataformas del gobierno para que no tengas que ir a hacer cola.
