Cómo cobrar la jubilación de ANSES desde el exterior
Por Martín Rodríguez · Actualizado el 10 de septiembre de 2026
Respuesta rapida
- Si vivís en el exterior, ANSES te pide la ratificación del medio de cobro cada 6 meses
- Se hace en el consulado argentino, en una oficina de ANSES o por correo, y el comprobante vale 180 días corridos
- Para cobrar afuera, podés designar como apoderado a un banco habilitado con giro al exterior
- Si trabajaste en un país con convenio vigente, esos años se suman para la jubilación
- Consultas de residentes en el exterior: +54 11 4015 5825 o [email protected]
Si cobrás una prestación de ANSES y vivís en el exterior, ANSES te pide ratificar el medio de cobro cada 6 meses. Podés cobrar con un familiar como apoderado o designar a un banco habilitado con giro al exterior. Y si trabajaste en un país con convenio vigente, esos años se suman.
Países con convenio de seguridad social vigente
Según ANSES, la Argentina tiene convenio vigente con Bélgica, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Corea del Sur, Ecuador, El Salvador, Eslovenia, España, Francia, Grecia, Israel, Italia, Luxemburgo, Paraguay, Perú, Portugal, República Dominicana y Uruguay. Además rigen el Convenio Iberoamericano de Seguridad Social (1978), el Acuerdo Multilateral de Seguridad Social del MERCOSUR (1997) y el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social (2007).
Con un convenio vigente se suman los períodos aportados en cada Estado. ANSES da el ejemplo de 15 años en la Argentina y 15 en España para dar por cumplidos los 30 años de aportes, y aclara que el pago es proporcional a lo aportado en cada Estado.
Ratificación del medio de cobro
Es lo que suele llamarse fe de vida para quien vive afuera, y ANSES la pide cada 6 meses. El comprobante lo puede extender el consulado argentino u otra autoridad del país donde residís, y vale 180 días corridos para presentarlo. Si ya lo sacaste para otro fin y deja constancia de tu domicilio en el exterior, ANSES también lo acepta.
El detalle está en la guía de certificado de supervivencia desde el exterior.
Cobrar con apoderado
ANSES admite como apoderado para cobro, entre otros, a un familiar —con su DNI y la documentación que acredite el parentesco— y, para quien reside en el exterior, a un banco con opción de giro al exterior, con la carta poder PS 6.4 firmada y sellada por autoridad bancaria.
ANSES menciona la certificación ante escribano para abogados o procuradores.
Paso a paso
- 1
Ratificá el medio de cobro cada 6 meses
ANSES lo pide a quien tiene un banco como apoderado para cobrar en el exterior, a quien tiene domicilio acreditado afuera y a quien vive afuera sin haber actualizado el domicilio. Recomienda hacerlo en enero-febrero y en julio-agosto.
- 2
Elegí dónde hacerla
En el consulado argentino, que la carga en ANSES o, si no puede, te da el certificado para enviar a tu apoderado o al banco; en una oficina de ANSES, en persona o por apoderado; o por correo a una oficina de ANSES con copia legalizada del DNI, si no tenés apoderado. También podés consultar si tu banco ofrece un medio alternativo.
- 3
Decidí cómo vas a cobrar
ANSES admite como apoderado para cobro a un familiar y, si residís en el exterior, a un banco con opción de giro al exterior. Las entidades habilitadas son Banco de la Nación Argentina, Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Patagonia, Credicoop, Piano y Comafi. Para el banco se usa la carta poder PS 6.4, firmada y sellada por autoridad bancaria.
- 4
Si trabajaste en otro país, fijate si tiene convenio
Con los países con convenio vigente se suman los años trabajados en cada uno para cumplir los requisitos. La documentación se presenta ante el organismo del lugar donde residís o del último país con aportes que tenga convenio con la Argentina.
Problemas y soluciones
Vivo en el exterior y me dejaron de pagar
Revisá si venció tu ratificación del medio de cobro. ANSES tiene un contacto para residentes en el exterior: +54 11 4015 5825 y [email protected].
No hay consulado argentino cerca de donde vivo
ANSES acepta que el comprobante lo extiendan otras autoridades del país donde residís, siempre que tenga todos los datos solicitados. Si lo emite un país adherido a la Convención de La Haya y tiene apostilla, no necesita otro visado; si está en otro idioma, requiere traductor público nacional, salvo excepciones. Sin apoderado, podés mandarlo por correo a una oficina de ANSES con copia legalizada del DNI.
Quiero que me giren la jubilación al exterior
ANSES permite designar como apoderado para cobro a un banco con opción de giro al exterior, entre las seis entidades habilitadas.
Me piden ratificar el medio de cobro pero vivo en la Argentina
ANSES indica que, si considerás que no te corresponde porque vivís y cobrás en la Argentina, te acerques sin turno a una oficina de ANSES.
Preguntas frecuentes
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Qué corregimos en esta nota
| Decíamos | Encontramos |
|---|---|
| La fe de vida desde el exterior se hace una vez al año | La ratificación del medio de cobro es cada 6 meses |
| La reactivación del cobro se pide al 130 y los meses se reclaman como retroactivo | No lo encontramos publicado |
| ANSES sólo deposita en cuentas bancarias argentinas: hace falta un intermediario | ANSES admite como apoderado a un banco con opción de giro al exterior |
| Mudarse al exterior no afecta tu derecho a cobrar | A quien vive afuera le corresponde la ratificación del medio de cobro |
| Países con convenio: Alemania, Canadá y Japón, sin Bélgica, Bolivia, El Salvador, Eslovenia, Israel, Luxemburgo ni República Dominicana | La lista de ANSES no incluye Alemania, Canadá ni Japón, y sí los otros siete |
| El poder se hace ante escribano público y se apostilla | ANSES menciona la certificación ante escribano para abogados o procuradores |
Escrito por
Martín Rodríguez
ANSES, cobros y prestaciones sociales
Escribe sobre ANSES, jubilaciones, asignaciones y pagos del gobierno. Lleva años ayudando a familiares y conocidos a resolver problemas con cobros, turnos y trámites de ANSES.
