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Cuánto me corresponde de indemnización por despido

Por Martín Rodríguez · Actualizado el 6 de octubre de 2026

Respuesta rapida

  1. La fórmula: un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses
  2. La base: mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada durante el último año, o durante el tiempo trabajado si fue menor
  3. Quedan afuera: el aguinaldo (SAC), las vacaciones y los premios que no sean de pago mensual
  4. El piso: un mes de sueldo
  5. Durante el período de prueba no hay indemnización por antigüedad ni obligación de preaviso
  6. La redacción vigente es de la Ley 27.802, cuestionada en la Justicia

La fórmula no cambió con la reforma: un mes de sueldo por año trabajado. Lo que cambió es de qué sueldo se calcula. Desde el 6 de marzo de 2026 el aguinaldo quedó expresamente fuera de la base, así que cualquier cuenta que lo incluya —y casi todas las que circulan lo incluyen— arroja un número más alto del que vas a cobrar.

La fórmula y la base son dos cosas distintas

Casi toda la confusión sale de mezclarlas.

La fórmula no cambió: un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses.

La base sí se precisó, y es donde está la plata: mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada durante el último año, o durante el tiempo trabajado si fue menor.

Con la redacción vigente desde el 6 de marzo de 2026, quedan expresamente excluidos de esa base el aguinaldo (SAC), las vacaciones y los premios que no sean de pago mensual.

Eso convirtió en texto de la norma algo que antes se discutía caso por caso. Y tiene una consecuencia inmediata: buena parte del material que circula sigue calculando con el aguinaldo adentro, porque se escribió antes de la reforma o se copió de algo anterior. Si tu cuenta salió de ahí, da un número más alto que el que va a liquidar el empleador.

El error que más infla el número

Es concreto y se comete casi siempre igual.

Como la ley manda tomar el mejor mes, mucha gente elige diciembre o junio, que es cuando entró el medio aguinaldo. Ese mes efectivamente muestra el importe más alto del recibo, pero el SAC no integra la base: hay que sacarlo antes de comparar.

La cuenta es más grande de lo que parece. La cuota del SAC se calcula sobre la mitad de la mayor remuneración mensual del semestre, así que, con un sueldo fijo, el recibo de diciembre muestra una vez y media tu sueldo. Tomar ese número como base infla el cálculo un 50 %.

Y ese error se multiplica por cada año de antigüedad. En una relación de diez años, la diferencia entre lo que esperabas y lo que te van a liquidar es de unos cinco sueldos.

Para probar tu caso con números reales, hay una calculadora de indemnización por despido que aplica la base ya depurada.

"Normal y habitual" no es una impresión, son umbrales

Esta es la parte que decide si un concepto entra o queda afuera, y casi ninguna guía la explica porque exige leer las definiciones.

FiltroQué significa exactamente
MejorEl mes más alto del período, no el promedio de los doce
Habituallos conceptos devengados durante al menos seis meses en el último año calendario
Normalpara premios mensuales, horas extra y comisiones, el promedio de los últimos seis meses, o el del último año si le resulta más favorable al trabajador

Dos lecturas prácticas de esto:

  • Un premio pagado una sola vez en el año no llega al umbral de habitualidad y no integra la base. No es arbitrariedad del empleador: es el criterio de la norma.
  • En comisiones y horas extra, la definición admite comparar el promedio de seis meses contra el del año y quedarse con el que te resulte más favorable. Sirve hacer las dos cuentas.

Los tres límites: piso, techo y piso del techo

Del tope circula que "depende del convenio y no se puede saber". Es media verdad: de los tres números en juego, dos son nacionales y uno solo depende de tu actividad.

LímiteValorDe dónde sale
Piso absolutoun mes de sueldoNacional, está en la norma
Techo de la base3 veces el salario promedio de tu convenioEl multiplicador es nacional; el promedio, de tu convenio
Piso del techo67 % de tu mejor remuneración mensual, normal y habitualNacional, está en la norma

Ese tercer renglón es el que más importa y el que casi nunca se menciona. La norma dice que en ningún supuesto la aplicación del tope puede dejar la base por debajo del 67 % de tu mejor remuneración.

Traducido: si tu sueldo es alto respecto de tu convenio, el tope puede recortarte, pero como máximo hasta un tercio. No puede dejarte por debajo de dos tercios de tu propio sueldo.

Si alguien te ofrece una liquidación que perfora ese piso, ahí tenés el argumento concreto.

Lo único que sí hay que averiguar afuera es el promedio de tu convenio. El artículo dice que los topes de cada convenio los calculan las partes que lo firmaron, con la homologación o el registro de la autoridad de aplicación. Si no estás en ningún convenio, se usa el del establecimiento donde trabajás o el más favorable, si hay más de uno.

Lo que se paga además de este cálculo

La indemnización por antigüedad es un rubro de la liquidación final, no toda la liquidación. Aparte se pagan:

  • Preaviso, si no te lo dieron: un mes si tu antigüedad no supera los cinco años, dos meses si la supera
  • Integración del mes de despido, si te despidieron sin preaviso y no el último día del mes
  • Vacaciones proporcionales no gozadas
  • Aguinaldo proporcional del semestre en curso
  • Días trabajados del mes de egreso

El segundo es el que más se omite y el que más plata mueve después del preaviso. Si te despidieron sin preaviso un día 3 o un día 10, los días que faltaban hasta fin de mes se pagan igual. Es un rubro propio, distinto de la indemnización sustitutiva, y en un despido a principio de mes puede acercarse a un sueldo entero.

El aguinaldo aparece dos veces en esta historia y no confundirlo: no integra la base del cálculo por antigüedad, pero sí se cobra como proporcional del semestre.

Una nota sobre la norma

La redacción del artículo 245 que usa esta página es la que le dio la Ley 27.802, publicada el 6 de marzo de 2026, y esa ley fue cuestionada en la Justicia. Si te despidieron después de esa fecha y la liquidación deja afuera conceptos que antes se discutían, como el aguinaldo, consultá tu caso con un abogado laboral o con tu sindicato antes de firmar.

El mismo artículo agrega que la indemnización por antigüedad es «la única reparación procedente» frente al despido sin justa causa y que cobrarla extingue cualquier otro reclamo vinculado al despido, salvo las acciones basadas en delitos penales.

Si el despido ya ocurrió

Además de la liquidación, revisá si te corresponde la prestación por desempleo, que es un ingreso mensual mientras buscás trabajo y depende de tus aportes, no de la indemnización. Los requisitos están en la prestación por desempleo de ANSES y cuántos meses cubre, en cuánto dura el seguro de desempleo.

Si trabajás en la construcción, el régimen es otro: no hay indemnización por despido sino un fondo de cese, explicado en el seguro de desempleo de la construcción.

Paso a paso

  1. 1

    Juntá los recibos del último año

    La base sale de ahí y de ningún otro lado: mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada durante el último año, o durante el tiempo trabajado si fue menor. Si trabajaste menos de un año, se toma el tiempo efectivamente trabajado.

  2. 2

    Identificá el mejor mes, no el promedio

    La ley toma la mejor remuneración mensual, no un promedio de los doce meses. Es un error frecuente promediar y quedarse con un número más bajo del que corresponde.

  3. 3

    Sacá de esa cifra lo que la ley excluye

    Quedan fuera el aguinaldo (SAC), las vacaciones y los premios que no sean de pago mensual. Si el mejor mes que elegiste es justamente aquel en que cobraste el aguinaldo, ahí está el error de cálculo más caro y más común.

  4. 4

    Revisá concepto por concepto si es normal y habitual

    Habitual significa los conceptos devengados durante al menos seis meses en el último año calendario. Para premios mensuales, horas extra y comisiones, lo normal se define así: para premios mensuales, horas extra y comisiones, el promedio de los últimos seis meses, o el del último año si le resulta más favorable al trabajador.

  5. 5

    Multiplicá por los años de antigüedad

    un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses. Una fracción de más de tres meses cuenta como un año entero, así que la fecha exacta de egreso puede valer un mes completo de indemnización.

  6. 6

    Verificá el piso y sumá lo que va aparte

    La indemnización por antigüedad no puede ser inferior a un mes de sueldo. El preaviso, las vacaciones no gozadas y el aguinaldo proporcional se pagan además, no dentro de este cálculo.

Problemas y soluciones

Mi cuenta da mucho más que la que me ofrece la empresa

Revisá primero si incluiste el aguinaldo en el mejor mes. Si tomaste diciembre o junio con el SAC adentro, ese recibo puede mostrar una vez y media tu sueldo, y tu número queda hasta un 50 % arriba. Recalculá sin el SAC para saber de qué parte de la diferencia se trata, y si la liquidación deja afuera conceptos que querés discutir, consultá con un abogado laboral.

Cobro comisiones y varían mucho mes a mes

Para comisiones, premios mensuales y horas extra la ley define cómo promediarlas: para premios mensuales, horas extra y comisiones, el promedio de los últimos seis meses, o el del último año si le resulta más favorable al trabajador. Ese "lo que le resulte más favorable al trabajador" es la parte que tené presente, porque habilita a comparar dos cálculos y quedarse con el mayor.

Me pagaron un premio grande una sola vez y no lo contaron

Probablemente sea correcto. Para integrar la base, un concepto tiene que ser habitual, y habitual significa los conceptos devengados durante al menos seis meses en el último año calendario. Un premio pagado una o dos veces en el año no cumple ese umbral. El criterio es un número de meses, no una impresión.

Me despidieron durante el período de prueba

En ese lapso cualquiera de las partes puede extinguir la relación sin expresión de causa y sin derecho a indemnización por antigüedad, y desde la reforma tampoco se requiere preaviso ni corresponde la integración del mes de despido. Lo que sí corresponde, porque la ley lo da ante cualquier extinción, son las vacaciones proporcionales, el aguinaldo proporcional y los días trabajados.

Tengo cinco años y medio de antigüedad

Cada fracción mayor de tres meses cuenta como año entero, así que ese medio año se computa como uno completo. Y para el preaviso, superar los cinco años cambia el plazo que te debe el empleador de uno a dos meses. La fecha exacta de egreso importa más de lo que parece.

Me dicen que hay un tope por convenio y no sé si me aplica

El tope es tres veces el salario promedio de tu convenio, y el multiplicador es nacional: lo único que varía por actividad es ese promedio, que calculan las partes que firmaron el convenio. Y hay un límite al límite: la norma establece que aplicar el tope no puede dejar la base por debajo del 67 % de tu mejor remuneración mensual, normal y habitual. O sea que el recorte máximo es de un tercio.

Me despidieron sin preaviso un 10 y la liquidación termina ese día

Falta un rubro. Cuando el despido sin preaviso no cae el último día del mes, corresponde además la integración del mes de despido: los días que faltaban hasta fin de mes se pagan igual. Es un concepto propio, distinto de la indemnización sustitutiva de preaviso, y puede llegar a casi un sueldo entero si te desvincularon a principio de mes. No corresponde si te despidieron durante el período de prueba.

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Escrito por

Martín Rodríguez

ANSES, cobros y prestaciones sociales

Escribe sobre ANSES, jubilaciones, asignaciones y pagos del gobierno. Lleva años ayudando a familiares y conocidos a resolver problemas con cobros, turnos y trámites de ANSES.

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