Turnos y Trámites Argentina

Cómo tramitar el título de propiedad de un inmueble

Por Carolina Méndez · Actualizado el 13 de junio de 2026

Respuesta rapida

  1. Si compraste un inmueble → el escribano labra la escritura y la inscribe en el Registro de la Propiedad
  2. Si tenés un terreno sin escritura → tramita la regularización dominial (ley de prescripción adquisitiva)
  3. Si el inmueble es herencia → necesitás la sucesión judicial para escriturar
  4. El título se inscribe en el Registro de la Propiedad Inmueble de tu jurisdicción
  5. Sin título registrado, no sos legalmente el propietario ante terceros

El título de propiedad de un inmueble se obtiene a traves de una escritura pública firmada ante escribano e inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble. Si nunca se escrituro (terreno fiscal, posesión, herencia), hay vias de regularización dominial.

Vias para obtener el título según situación

SituaciónViaTiempo estimado
Compra-venta normalEscritura ante escribano15-45 días
Posesión sin escritura (20+ años)Prescripción adquisitiva (juicio)2-5 años
HerenciaSucesión judicial + escritura6-18 meses
Terreno fiscalRegularización dominial (Estado)Variable
Boleto de compra-venta no escrituradoEscrituración posterior30-90 días

Costos estimados de escrituración

ConceptoMonto aproximado
Honorarios escribano1-2% del valor
Sellado provincial1-3.5% del valor
Inscripción Registro$10.000-30.000
Certificados e informes$15.000-30.000
Total5-8% del valor del inmueble

Documentación necesaria para compra-venta

DocumentoQuien lo consigue
Título anterior (escritura del vendedor)Vendedor
Informe de dominioEscribano
Informe de inhibiciónEscribano
Libre deuda de impuestosVendedor
Libre deuda de expensasVendedor/administrador
DNI de las partesComprador y vendedor
CUIT de las partesComprador y vendedor

Qué hacer ahora: si tenés un inmueble sin escritura a tu nombre, consulta un escribano para evaluar tu situación. Si es compra-venta, el trámite es relativamente rápido. Si es regularización, cuanto antes empieces, mejor — los juicios de prescripción adquisitiva llevan años.

Paso a paso

  1. 1

    Determina tu situación

    Hay 3 situaciones principales: 1) Compra-venta normal (el vendedor tiene escritura). 2) Regularización dominial (tenés posesión pero no escritura). 3) Herencia (el titular fallecio y necesitás sucesión). Cada via tiene un proceso diferente.

  2. 2

    Contrata un escribano

    En compra-venta, el escribano lo elige el comprador. El escribano verifica la titularidad del inmueble, las deudas, inhibiciones del vendedor, y labra la escritura. No se puede escriturar sin escribano.

  3. 3

    Reuni la documentación del inmueble

    Necesitas: título anterior (escritura del vendedor), informe de dominio del Registro de la Propiedad, informe de inhibición del vendedor, libre deuda de impuestos, libre deuda de expensas (si es propiedad horizontal), plano de mensura.

  4. 4

    Firma de la escritura

    Comprador y vendedor firman la escritura traslativa de dominio ante el escribano. En ese acto se paga el precio (o se instrumenta la forma de pago). El escribano certifica la operación.

  5. 5

    Inscripción en el Registro de la Propiedad

    El escribano inscribe la escritura en el Registro de la Propiedad Inmueble. La inscripción da publicidad y oponibilidad ante terceros. Sin inscripción, la escritura tiene valor entre las partes pero no frente a terceros.

Problemas y soluciones

El inmueble no tiene escritura (vivo ahí pero nunca se escrituro)

Si llevas 20+ años en posesión pacifica, podés iniciar una prescripción adquisitiva (usucapion) ante un juez. Es un juicio que tarda 2-5 años. También hay programas de regularización dominial del Estado para barrios populares.

El titular del inmueble fallecio

Necesitas una [sucesión judicial](/tramites/como-tramitar-sucesion-argentina/) para declarar herederos y poder escriturar. Sin sucesión, no podés vender ni hipotecar el inmueble.

El inmueble tiene deudas de impuestos

No se puede escriturar un inmueble con deuda de impuesto inmobiliario. El vendedor tiene que regularizar las deudas antes de la escritura, o las partes pueden acordar que el comprador pague y se descuente del precio.

Perdi la escritura original

No pasa nada — la escritura original queda en el protocolo del escribano. Pedí un testimonio (copia certificada) al escribano que la labro. Si el escribano ya no ejerce, sus protocolos estan en el Archivo de Protocolos.

Preguntas frecuentes

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