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Calculadora de prestación por desempleo

La prestación por desempleo no es un monto fijo: sale de tu último sueldo neto, tiene piso y techo, y va bajando con los meses. Poné dos datos y mirá cuánto y por cuánto tiempo.

Actualizado el 27 de julio de 2026

Calculá tu prestación por desempleo

Se calcula en tu navegador. No guardamos ningún dato.

Neto, no bruto: es lo que cobrabas en mano. La ley toma el importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual.

Contá sólo el trabajo registrado. Con menos de 6 meses no se accede a la prestación.

¿Vas a tener 45 años o más cuando cobres la última cuota?

Lo que cuenta no es la edad al momento del despido: la condición es tener 45 años o más al momento de liquidarse la última cuota de la prestación. Si cumplís 45 durante el período de cobro, la extensión igual te corresponde.

Cargá tu mejor sueldo neto y los meses de aportes para ver el cálculo.

Piso y techo vigentes julio 2026. El resultado es orientativo: ANSES calcula el monto con tu historia laboral registrada, que puede no coincidir con lo que recordás.

Cómo se calcula el monto

Prestación = 75 % de la mejor remuneración neta de los últimos 6 meses

Artículo 118 de la Ley 24.013. El porcentaje lo fija el Consejo Nacional del Empleo.

Dos detalles que cambian el resultado. El primero: la base es el importe neto, no el bruto. Si tenés a mano el bruto, pasalo primero por la calculadora de sueldo en mano.

El segundo: hay un piso de $186.200 y un techo de $372.400. Si el 75 % de tu sueldo queda por encima del techo, cobrás el techo. Por eso los sueldos altos y los medios terminan cobrando lo mismo.

El monto baja con los meses

No se cobra siempre igual. La ley fija una escala decreciente pensada para incentivar la reinserción laboral:

PeríodoSe cobra
Meses 1 a 4100 % del importe calculado
Meses 5 a 885 %
Meses 9 a 1270 %

El piso sigue rigiendo en los tres tramos del artículo 118: por más que la escala baje, la prestación no puede quedar por debajo de $186.200. Para los seis meses de extensión por edad la cosa no está tan clara — lo vemos abajo.

Cuántos meses te corresponden

La duración sale del artículo 117 y depende de cuántos meses de trabajo registrado tenés en los tres años anteriores al cese:

Meses de aportesMeses de prestación
De 6 a 112
De 12 a 234
De 24 a 358
36 o más12

Con menos de seis meses de aportes no se accede. Vas a encontrar páginas que dicen que la prestación dura «entre 3 y 8 meses»: no coincide con el texto de la ley, que es el que reprodujimos acá.

Si tenés 45 años o más

Hay una extensión que casi ningún resumen menciona, y que no está en la Ley 24.013: la creó el artículo 4 del Decreto 267/2006. La prestación se prolonga 6 meses adicionales, que se pagan al 70 % del importe original.

Tres detalles que cambian la cuenta y que conviene tener claros:

  • No son seis meses completos más. Con doce cuotas de prestación, el total es doce cuotas plenas más seis al 70 %, no dieciocho iguales.
  • La edad se mide al final, no al principio. La condición es tener 45 años o más al momento de liquidarse la última cuota de la prestación. Si cumplís 45 durante el período de cobro, la extensión igual te corresponde.
  • Obliga a capacitarse. Quien accede a la prórroga debe participar en programas de fomento del empleo y capacitación del Ministerio de Trabajo. No es un cobro pasivo.

Un punto que la norma no resuelve

El piso de $186.200 lo fija el artículo 118 para la prestación. La extensión llegó después, por decreto, y ninguna norma dice si ese piso la alcanza. Las dos lecturas se sostienen:

  • El piso alcanza a la extensión. Es una prestación por desempleo como cualquier otra, y el mínimo protege a quien menos cobra durante todo el período.
  • El piso no la alcanza. El decreto dice que la extensión vale el 70 % de la prestación original — o sea, expresamente menos. Si se le aplica el piso otra vez, para quien está en el mínimo esos seis meses terminan valiendo lo mismo que los anteriores, y el 70 % deja de significar algo.

No elegimos por vos. Cuando la diferencia cambia el resultado, la calculadora muestra las dos cifras y el total como un rango. Preguntá en ANSES antes de contar con esa plata.

Y una advertencia sobre lo que vas a leer en otros lados: circula la idea de que «los mayores de 45 cobran el 70 %». Eso no existe — es una mezcla de dos reglas reales. El 70 % es el valor de los seis meses de extensión, no el de la prestación desde el primer mes.

El plazo de 90 días

Es lo más importante de toda esta página. Tenés 90 días corridos desde el despido para solicitarla. Pasado ese plazo se pierde el derecho, sin excepciones. El trámite y la documentación están en cómo tramitar la prestación por desempleo.

La prestación no reemplaza lo que te debe el empleador. Para estimar la indemnización, el preaviso y la integración del mes, usá la calculadora de indemnización. Y si trabajás en la construcción, el régimen es otro: está en el seguro de desempleo de la construcción.

Preguntas frecuentes

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